Actualización del impuesto a las Ganancias será en julio de 2026
El impuesto a las Ganancias se actualizará en julio de 2026, ajustándose según la inflación acumulada del primer semestre.

El impuesto a las Ganancias se actualizará en julio de 2026, ajustándose según la inflación acumulada del primer semestre. El porcentaje definitivo se conocerá tras la publicación del IPC de junio por parte del Indec, aunque se estima que la variación semestral será cercana al 17%.
Con este reajuste, el salario promedio más bajo alcanzado por el tributo se ubicará en aproximadamente $2,91 millones netos mensuales para una persona sin familiares ni gastos deducibles, lo que equivale a una remuneración bruta de alrededor de $3,5 millones. Para quienes deduzcan dos hijos menores de 18 años, el umbral anual promedio se situará cerca de $3,39 millones netos, es decir, unos $4,1 millones brutos.
Durante los próximos meses, las retenciones podrían comenzar a aplicarse desde niveles inferiores. Para un trabajador sin deducciones, los descuentos podrían iniciarse con ingresos netos de aproximadamente $2,7 millones, equivalentes a $3,25 millones brutos. Esto se debe a que ARCA implementará inicialmente una actualización parcial, y el impacto completo de la inflación se reflejará en la liquidación definitiva de 2026, que se realizará con los sueldos de abril de 2027.
Los nuevos parámetros regirán para las remuneraciones desde el 1° de julio. Por lo tanto, si el sueldo de junio se pagó en este mes, los empleadores deberán recalcular la retención y devolver o compensar cualquier diferencia cobrada de más. La actualización también elevará los tramos de las alícuotas y reducirá la carga fiscal para quienes mantengan el mismo ingreso nominal, además de aumentar los topes de varias deducciones personales. Entre los conceptos que se pueden declarar mediante el servicio Siradig-Trabajador de ARCA se incluyen hijos, cónyuge, alquileres, personal doméstico, medicina prepaga, honorarios médicos, donaciones, seguros de vida o retiro, gastos educativos, intereses hipotecarios e indumentaria o equipamiento de uso laboral. La situación individual dependerá de los ingresos acumulados desde enero y de las deducciones informadas, lo que puede resultar en retenciones distintas para personas con remuneraciones similares.
El mismo índice inflacionario se aplicará al monotributo, actualizando los límites de facturación de cada categoría y los importes mensuales que deben abonar los contribuyentes.



