ARBA lanza plan de pagos con descuentos de hasta 40% para deudas
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) ha oficializado un nuevo plan especial de pagos que comenzará a regir el lunes 26 de octubre, ofreciendo bonificaciones de hasta el 40% para la regularización de deudas tributarias.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) ha oficializado un nuevo plan especial de pagos que comenzará a regir el lunes 26 de octubre, ofreciendo bonificaciones de hasta el 40% para la regularización de deudas tributarias.
La normativa, publicada en el Boletín Oficial, tiene como objetivo facilitar que familias, comercios y empresas puedan ordenar su situación fiscal antes de fin de año y estar en condiciones de acceder a beneficios para contribuyentes cumplidores en 2027. La regularización es clave, ya que no registrar deudas con el fisco provincial será un requisito para acceder a bonificaciones y descuentos impositivos en el próximo período fiscal.
Para beneficiarse del plan, ARBA requiere que los contribuyentes mantengan una conducta de cumplimiento, priorizando a aquellos que hayan pagado sus obligaciones en tiempo y forma en los últimos años. El régimen de regularización incluye impuestos sobre Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario Básico y Complementario, Automotor y Embarcaciones Deportivas, abarcando obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2025, incluso si están en instancias prejudiciales o judiciales. Se admitirán también las correspondientes a 2026, salvo el Impuesto de Sellos.
Los mayores descuentos se aplicarán en las primeras semanas del plan. Entre el 26 de octubre y el 13 de noviembre, la bonificación será del 40% para el pago al contado, 20% en tres cuotas y 15% en seis cuotas. Del 14 al 27 de noviembre, los descuentos serán del 35%, 15% y 10%, respectivamente. Entre el 28 de noviembre y el 11 de diciembre, el beneficio alcanzará el 30% al contado, 10% en tres cuotas y 5% en seis cuotas. Finalmente, del 12 al 31 de diciembre, se mantendrá una bonificación del 30% para la cancelación al contado, sin que los descuentos superen el monto del capital adeudado.



