El Gobierno promulgó esta madrugada la ley de Modernización Laboral, bajo el N° 27.802, a través del Boletín Oficial.

El Gobierno promulgó esta madrugada la ley de Modernización Laboral, bajo el N° 27.802, a través del Boletín Oficial. Esta formalización se produjo tras un extenso debate parlamentario y la sanción definitiva en el Senado el 27 de febrero. El oficialismo considera este logro uno de los más significativos durante las sesiones extraordinarias convocadas por el presidente Javier Milei.
Entre los principales cambios que introduce la nueva normativa se encuentran modificaciones en la registración laboral, la organización de la jornada, el régimen de indemnizaciones y la estructura de aportes patronales y sindicales. Además, se redefine el ámbito de aplicación de la ley anterior (20.744), excluyendo a ciertos grupos de trabajadores, como los independientes y sus colaboradores, así como a prestadores de plataformas tecnológicas.
La ley también incorpora el derecho a la formación profesional y a la promoción en condiciones igualitarias como derechos fundamentales de los trabajadores. Por otro lado, se restringe el derecho de huelga en servicios esenciales, como salud y telecomunicaciones, exigiendo un mínimo del 75% de personal en actividad. En servicios considerados de “trascendental” importancia, como el transporte y la industria alimenticia, se deberá garantizar el funcionamiento al 50%.
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