El Gobierno reglamenta cobro de atención médica a extranjeros
El Gobierno nacional reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros sin residencia permanente en Argentina que asistan a hospitales públicos.

El Gobierno nacional reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros sin residencia permanente en Argentina que asistan a hospitales públicos. La medida fue oficializada a través de la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, publicada en el Boletín Oficial, y se enmarca en lo dispuesto por el DNU 366/2025, que modificó la Ley de Migraciones.
Con el nuevo esquema, los extranjeros no residentes que requieran consultas, estudios o tratamientos no emergentes deberán demostrar que cuentan con un seguro médico o abonar el costo correspondiente de forma anticipada. Si no tienen cobertura, el hospital calculará el valor de la atención según su nomenclador y el paciente deberá pagar el 100% antes de recibir el servicio.
Las emergencias seguirán siendo atendidas de inmediato, sin importar la situación migratoria. Esto incluye casos como infartos, accidentes cerebrovasculares y otras situaciones críticas. Los extranjeros con residencia permanente mantendrán acceso al sistema de salud en las mismas condiciones que los argentinos, presentando el DNI o la constancia de residencia en trámite. Además, si el paciente tiene un seguro internacional, los gastos podrán ser facturados directamente a la aseguradora.



