El Gobierno reglamenta el Fondo de Asistencia Laboral desde noviembre
El Gobierno nacional reglamentó el funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta clave de la reforma laboral aprobada a principios de este año.

El Gobierno nacional reglamentó el funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta clave de la reforma laboral aprobada a principios de este año. La medida, oficializada a través de decretos en el Boletín Oficial, establece las pautas para la creación de fondos destinados a cubrir indemnizaciones y otras obligaciones laborales.
El nuevo régimen se aplicará a los empleadores del sector privado y comenzará a regir el 1 de noviembre, aclarando así la fecha de inicio. Cada empleador deberá abrir una cuenta individual dentro de un fondo común de inversión o fideicomiso financiero autorizado por la Comisión Nacional de Valores (CNV), donde se depositarán los aportes para eventuales indemnizaciones por desvinculaciones laborales.
Este sistema abarcará a trabajadores registrados con al menos doce meses de antigüedad al momento de la finalización del vínculo laboral. Si una empresa no informa el identificador en el plazo establecido, la CNV podrá designar de oficio una entidad administradora para asegurar la continuidad del régimen. Los aportes serán deducibles del Impuesto a las Ganancias y permitirán reducir ciertas contribuciones patronales. En caso de desvinculación laboral, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica, y la entidad administradora verificará la información y transferirá los fondos a la cuenta bancaria del trabajador en un plazo de cinco días hábiles.
La reglamentación establece que la responsabilidad del cálculo de la indemnización recae exclusivamente en el empleador. Los recursos del FAL se invertirán solo en instrumentos financieros dentro de Argentina, y la comisión que cobrarán las entidades administradoras no podrá exceder el 1% anual de los activos. Además, se incorporan mecanismos de portabilidad para trasladar fondos entre entidades y se establecen procedimientos para reorganizaciones empresariales. El decreto prevé sanciones para empleadores que no realicen los aportes, permitiendo a ARCA aplicar multas y ejecutar fiscalmente los montos adeudados. Las cuentas del FAL estarán exentas del impuesto a los créditos y débitos bancarios, y la información entre organismos públicos y entidades administradoras deberá ser confidencial.



