El Gobierno reglamenta exenciones del Impuesto a las Ganancias
El Gobierno nacional reglamentó las exenciones del Impuesto a las Ganancias para los ingresos generados por el alquiler de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

El Gobierno nacional reglamentó las exenciones del Impuesto a las Ganancias para los ingresos generados por el alquiler de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente. Esta medida fue oficializada a través del Decreto 406, publicado en el Boletín Oficial, y tendrá efecto sobre las rentas generadas desde el 1° de enero de 2026, sin importar la fecha de firma del contrato de locación.
La nueva normativa modifica la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias y busca aclarar las excepciones introducidas por la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Se define “casa-habitación” como el inmueble destinado a vivienda única, familiar y de ocupación permanente del inquilino. La exención abarcará las ganancias derivadas de la locación o sublocación de todas las unidades afectadas a ese uso por personas humanas o sucesiones indivisas, incluyendo los importes abonados por el uso de muebles y servicios proporcionados por el propietario.
El decreto también establece beneficios para personas humanas y sucesiones indivisas, tanto residentes en el país como en el exterior, respecto a los resultados obtenidos por la venta de inmuebles y la transferencia de derechos sobre propiedades en Argentina, siempre que estas operaciones se realicen a partir del 1° de enero de 2026. Según un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), la reforma podría incrementar la rentabilidad de los propietarios, estimando que quienes tributaban la alícuota máxima del 35% podrían ver un aumento en su rentabilidad neta del 3,19% al 5,22%, lo que representa una mejora del 64%. La norma fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía, Luis Caputo.



