Juez de Córdoba declara inconstitucional artículo de reforma laboral
Un juez laboral de Córdoba declaró inconstitucional un artículo de la reforma laboral que regulaba la actualización de deudas en juicios laborales en trámite al momento de la entrada en vigencia de la nueva ley.

Un juez laboral de Córdoba declaró inconstitucional un artículo de la reforma laboral que regulaba la actualización de deudas en juicios laborales en trámite al momento de la entrada en vigencia de la nueva ley. La decisión fue tomada por el magistrado Ricardo Gileta en un fallo firmado el 10 de marzo y difundido recientemente.
El artículo en cuestión es el 55 de la Ley de Modernización Laboral, que establecía un mecanismo específico para calcular las deudas que las empresas debían abonar en juicios laborales iniciados antes de la reforma. Según esta norma, las deudas debían actualizarse con la tasa pasiva del Banco Central, con un límite máximo de inflación más un 3% anual y un piso equivalente al 67% del cálculo previsto por la legislación laboral vigente.
El juez Gileta argumentó que este sistema generaba un trato desigual entre trabajadores, ya que los juicios iniciados después de la reforma se calculan con un sistema más favorable. Por lo tanto, consideró que el artículo 55 violaba el principio de igualdad ante la ley y ordenó recalcular la deuda utilizando el criterio del artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece la actualización según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y un interés del 3% mensual desde el momento de la mora hasta el pago efectivo. Además, el magistrado destacó que los créditos laborales son de carácter alimentario, lo que implica que cualquier mecanismo que disminuya su valor frente a la inflación afecta el derecho a una reparación plena y el principio protector del derecho laboral consagrado en la Constitución.



