Diputados aprueba ley que obliga a escribanos informar sobre vivienda
La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires aprobó una ley que obliga a los escribanos a informar a los involucrados en operaciones de inmuebles destinados a vivienda sobre el régimen de protección establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación.

La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires aprobó una ley que obliga a los escribanos a informar a los involucrados en operaciones de inmuebles destinados a vivienda sobre el régimen de protección establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación.
La modificación del Decreto Ley 9.020/78 incluye un nuevo inciso en el artículo 35, que establece que, al intervenir en la compra o venta de un inmueble destinado a vivienda, el escribano debe informar sobre la existencia del régimen de protección, la posibilidad de tramitar su afectación de forma gratuita y la opción de constituirla en el mismo acto notarial.
Este régimen protege el inmueble de ejecuciones por deudas contraídas después de su inscripción, salvo excepciones. Si el titular decide no afectar la vivienda, el escribano debe dejar constancia de que cumplió con su deber de informar. El senador Marcelo Feliú, autor de la iniciativa, destacó la importancia de fortalecer la protección de la vivienda ante dificultades económicas.



