El Gobierno promulga ley para regularizar armas no registradas
El Gobierno promulgó la Ley 27.805, que establece un régimen excepcional para la regularización de armas de fuego de uso civil y civil condicional que no están registradas o tienen irregularidades en su documentación.

El Gobierno promulgó la Ley 27.805, que establece un régimen excepcional para la regularización de armas de fuego de uso civil y civil condicional que no están registradas o tienen irregularidades en su documentación. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y busca fortalecer el control estatal sobre el armamento en circulación en el país.
La ley otorga un plazo de 360 días para que los poseedores de armas se presenten ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) y realicen los trámites necesarios para normalizar su situación registral. El organismo será responsable de llevar a cabo las verificaciones técnicas y administrativas antes de incorporar los datos del arma y su propietario a los registros oficiales. También podrán acogerse al régimen quienes tengan repuestos de armas sin registrar o con documentación irregular.
Un aspecto clave de la normativa es la exención de sanciones para quienes regularicen voluntariamente la tenencia de armas durante el período establecido. Sin embargo, este beneficio no se aplicará a quienes ya estén imputados judicialmente por posesión irregular al momento de iniciar el trámite. Además, la ley impone nuevas obligaciones a la ANMAC, que deberá informar a los solicitantes sobre los riesgos de tener armas y promover la entrega voluntaria y anónima de armamento. La ley también prorroga el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego hasta el 31 de diciembre de 2027, permitiendo a los ciudadanos entregar armas para su destrucción y así reducir la circulación de armamento en manos civiles. La nueva ley entrará en vigencia treinta días después de su publicación, comenzando el plazo de un año para la regularización de las armas alcanzadas por la normativa.



