Nueva sección para monotributistas en Registro de Agentes de Salud
La Superintendencia de Servicios de Salud anunció la creación de una nueva sección en el Registro de Agentes de Salud, destinada a entidades que acepten afiliados monotributistas de obras sociales o prepagas que hayan sido dadas de baja.

La Superintendencia de Servicios de Salud anunció la creación de una nueva sección en el Registro de Agentes de Salud, destinada a entidades que acepten afiliados monotributistas de obras sociales o prepagas que hayan sido dadas de baja. La Resolución 492/2026, publicada en el Boletín Oficial, establece que estas entidades deben comprometerse a garantizar la continuidad de la cobertura para los nuevos afiliados.
Los Agentes del Seguro de Salud que deseen inscribirse deben estar activos en el sistema y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 69 bis del Decreto N° 1/2010, sin estar sujetos a procedimientos de crisis. Esta medida se enmarca dentro de los lineamientos del Decreto 1400/2001, que regula la reasignación de beneficiarios entre entidades cuando una de ellas es dada de baja.
La resolución también incorpora mecanismos de control para asegurar que la reasignación de afiliados se realice de forma automática y segura, evitando interrupciones en la cobertura. Se busca que los monotributistas no queden sin servicios médicos ante la baja de su agente de salud, promoviendo así una mayor competencia y transparencia en el sistema de salud argentino.



