El Congreso de la Nación aprobó la reforma laboral impulsada por el Poder Ejecutivo, convirtiéndola en ley tras una extensa sesión en el Senado.

El Congreso de la Nación aprobó la reforma laboral impulsada por el Poder Ejecutivo, convirtiéndola en ley tras una extensa sesión en el Senado. Esta nueva normativa introduce modificaciones en la registración laboral, el período de prueba, el esquema indemnizatorio, los aportes sindicales y patronales, así como en la organización del tiempo de trabajo y el cumplimiento de sentencias judiciales.
Entre los aspectos más destacados, la ley establece que la registración ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero será suficiente para validar la relación laboral, eliminando la necesidad de trámites adicionales. También se permite la digitalización de los libros laborales, que deberán ser conservados durante diez años, manteniendo su validez legal. En cuanto al pago de salarios, se ratifica que debe realizarse exclusivamente a través de entidades bancarias, quedando excluidas las billeteras virtuales.
La norma introduce la posibilidad de crear un banco de horas mediante acuerdos entre empleadores y trabajadores, permitiendo compensar horas extras con descansos. En relación a las vacaciones, se mantiene el período general entre octubre y abril, aunque se permite acordar su goce fuera de ese intervalo y fraccionarlas en tramos de al menos siete días consecutivos. Además, se establecen límites a los aportes sindicales y patronales, con topes específicos para las cámaras empresarias y asociaciones de trabajadores.
El período de prueba se amplía a seis meses y hasta ocho en empresas con hasta cinco empleados, permitiendo la extinción de la relación laboral sin indemnización durante ese tiempo. También se modifica el esquema indemnizatorio, considerando solo la remuneración mensual para el cálculo de despidos sin causa. Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado por aportes de los empleadores, y se reduce la carga de contribuciones patronales a la Seguridad Social. La ley también habilita el pago de sentencias laborales en cuotas, redefiniendo así las condiciones de contratación y desvinculación en el sector privado.




Debes iniciar sesión para comentar
Iniciar SesiónSé el primero en comentar